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miércoles, 17 de mayo de 2017

PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Miercoles, 17 de Mayo de 2017. Desarrollo y votaciones.



PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Miercoles,  17 de Mayo de 2017 a las 20:00 horas.

DESARROLLO Y VOTACIONES:

1.-INICIAR EJERCICIO DE ACCIONES EN RELACION AL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DE SECRETARIA E INTERVENCION EN LA E.L.M DE TORREFRESNEDA.

LEIDA POR JOSEFA RUIZ CARRASCO, PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA

JUSTIFICACION ACUERDO MUNICIPAL EJERCICIO DE ACCIONES FRENTE AL EJERCICIO DE FUNCIONES DE SECRETARIA-INTERVENCION EN LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.

ANTECEDENTES:

PRIMERO:  El Ayuntamiento de Guareña en su continua defensa frente al perjuicio que le puede ocasionar  las actuaciones administrativas y judiciales llevadas a cabo en relación con el expediente de delimitación del área de influencia de la Entidad Local Menor de Torrefresneda ha denunciado, de forma reiterada, la actuación como Secretario-Interventor de la Entidad Local Menor de Torrefresneda por persona que no puede atribuirse tal condición, ya que su relación con la Entidad Local Menor deriva de un supuesto contrato administrativo de servicios, con el agravante de no pertenecer al cuerpo de funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, pertenecer, como funcionario de carrara, a la plantilla del Excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de la Serena (Badajoz), escala de Administración Especial, Subescala Técnica, clase Técnico Superior, con la categoría de Técnico de Gestión Económica ( Resolución de 26 de noviembre de 2002, Diario Oficial de Extremadura número 146 de 17 de diciembre de 2002).

Circunstancias denunciadas por el Ayuntamiento de Guareña ante:

-La Secretaria General de Política Territorial y Administración Local de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.

-El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Provincia de Badajoz.

-El Excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.

-La propia Entidad Local Menor de Torrefresneda.

SEGUNDO: En defensa de sus intereses el Ayuntamiento de Guareña ha iniciado, en primer lugar en vía administrativa, ante la propia  Entidad Local Menor de Torrefresneda y la Excelentísima Junta de Extremadura los siguientes procedimientos:

-Procedimiento para la revisión de oficio para la declaración de nulidad de pleno derecho de los actos de la Junta Vecinal de la Entidad Local Menor de Torrefresneda que atentan gravemente contra los intereses del Ayuntamiento de Guareña.

-Procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho del procedimiento administrativo DT/DT 02-2012 de DELIMINTACION TERRITORIAL DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.

Ambos procedimientos fueron llevados a cabo con la participación activa en funciones de Secretario-Interventor de la Entidad Local Menor de Torrefresneda, de persona que no puede atribuirse dicha condición a juicio del Ayuntamiento de Guareña, realizando funciones reservadas tales como fe pública y asesoramiento legal y preceptivo, emisión de dictámenes, etc., sin la habilitación necesaria.

TERCERO: Ante el silencio Administrativo de ambas instituciones, y ante las actuaciones continuadas y reiteradas de funciones reservadas por persona no habilitada con infracción de la normativa reguladora, el Ayuntamiento de Guareña ha interpuesto, en la jurisdicción contencioso-administrativa, frente a la Entidad Local Menor de Torrefresneda y a la Junta de Extremadura los siguientes procedimientos:

-Demanda contra la Entidad Local Menor de Torrefresneda, de nulidad de los acuerdos adoptados por la Junta Vecinal de Torrefresneda  que atentan gravemente contra los intereses del Ayuntamiento de Guareña, y consecuentemente de la nulidad de las resoluciones adoptadas con causa en dichos acuerdos, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Merida.

-Demanda contra la Junta de Extremadura, que declare la nulidad del procedimiento administrativo iniciado el 23 de abril de 2012, expediente nº DT/DT 02-2012, de Delimitación Territorial de la Entidad Local Menor de Torrefresneda y, consecuentemente, de las resoluciones adoptadas en dicho procedimiento y con causa del mismo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Caceres.

CUARTO: El Ayuntamiento de Guareña fundamenta sus argumentos en el hecho de que EN LA DOCUMENTACION APORTADA  POR LA ENTIDAD LOCAL MENOS EN EL PROCEDIMIENTO NO CONSTA RELACION FUNCIONARIAL, LABORAL NI PROFESIONAL ENTRE la persona que desempeña tales funciones y LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.

Dicha prueba documental aportada consiste en:

-Informe de vida laboral expedido por la Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Badajoz, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, donde no aparece ningún vínculo que relacione a la persona que ejerce las funciones y firma como Secretario-Interventor y la Entidad Local Menor de Torrefresneda.

-Certificado emitido por la propia persona que ejerce las funciones de Secretaria-Intervención en la Entidad Local Menor de Torrefresneda, que “se certifica a sí mismo”, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, lo siguiente:

“esta corporación ha entendido que la relación que viene existiendo entre la persona nombrada y la Entidad Local Menor de Torrefresneda, es una relación especial…”

Funciones como se certifica en el mismo documento por el propio interesado, realizadas desde julio de 1995.

Esta persona, de forma pública y notoria, está asumiendo competencias y funciones públicas, SIN OSTENTAR LA CONDICION DE EMPLEADO PUBLICO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA Y SIN ESTAR HABILITADA PARA EL DESEMPEÑO DEL CARGO DE SECRETARIO-INTERVENTOR DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.

El Pleno, según Acuerdo (UNANIME) ADOPTADO en Sesión Plenaria celebrada el día 17 de mayo de 2017, considerando que las actuaciones administrativas denunciadas pudieran ser susceptibles de incurrir en el tipo delictivo de usurpación de funciones públicas reservadas, prevaricación y/o nombramiento ilegal, regulado en los artículos 402,404 y siguientes del Código Penal.

ACUERDA SOLICITAR DE LA FISCALIA-SECCION TERRITORIAL DE VILLANUEVA DE LA SERENA:

1.-Que tenga por formulada la presente denuncia, con el fin de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés publico tutelado por la ley, así como procurar ante los Tribunales la satisfacción del interés social (artículo 124.1 Constitución Española), debiendo actuar en defensa de la seguridad jurídica de todos los ciudadanos y vecinos de la localidad de Guareña.

2.-Que tome las medidas oportunas, para el restablecimiento inmediato de la legalidad vigente y del ordenamiento jurídico administrativo aplicable, jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo, RD 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

3.- Que depure las responsabilidades penales que en su caso correspondan.

-PSOE. A favor.          –PP. A favor.          –IU. A favor.           –PCG. A favor.


2.- MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE PROTECCION CIVIL. INCLUSION DENTRO DEL CUERPO DE LA FIGURA DE VOLUNTARIOS DE BOMBEROS.

Intervención de Izquierda Unida.

Buenas tardes a todos.

Izquierda Unida se va a abstener por los siguientes motivos:

1.- El Gobierno Local del PSOE no nos ha dado ninguna información sobre cuál es la modificación con el suficiente tiempo para estudiarla.

2.- No compartimos de que este punto sea de urgencia y no se haya tenido una comisión informativa previa.

3.-Estamos a favor de la inclusión de bomberos voluntarios, pero no en las formas que lo hacen en traerlo al pleno.

-PSOE. A favor.          –PP. Abstención.            –IU. Abstención.           –PCG. Abstención.           

ENLACE-Escucha el Pleno en Rradio Guareña. 

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