MOCION DE I.U-GUAREÑA PARA PROXIMO PLENO ORDINARIO: SOLICITAR AL GOBIERNO REGIONAL LA DECLARACION DE PARQUE PERIURBANO DE CONSERVACION Y OCIO PARA EL PANTANO DE SAN ROQUE DE GUAREÑA.
MARCO LEGAL
La Ley 8/1998, de 26 de junio, de
conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura “tiene
como objeto el establecimiento de normas adicionales de protección del
patrimonio natural de Extremadura, para facilitar su protección, conservación, restauración
y mejora y asegurar su desarrollo sostenible y su preservación para las
generaciones futuras”, como así dice en su primer artículo. Esta Ley
regula y define distintos espacios naturales a preservar y su grado de
protección en: Parques Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales,
Paisajes Protegidos, Zonas Especiales de Conservación, Corredores Ecológicos y
de Diversidad, Parques Periurbanos de Conservación y Ocio, Lugares de Interés Científico,
Árboles Singulares y Corredores Eco-culturales.
La figura de los Parques Periurbanos
de Conservación y Ocio, su definición, sus usos y a instancia de quien se puede
solicitar, viene recogido en el artículo 23, que dice textualmente:
1. Son aquellos espacios relativamente
próximos a los núcleos de población en los que se aúnan la conservación de la
naturaleza y su uso para actividades socio-recreativas y que, por sus
singulares valores ambientales o naturales de interés local sean merecedores de
esta figura de protección, conforme al artículo 15 de esta Ley. Deben de estar
dotados de las infraestructuras adecuadas para permitir una utilización
intensiva por la población a que se destina, sin poner en peligro su
mantenimiento. Su declaración se realizara, en su caso, a instancia de las
entidades locales.
2. En ellos el uso predominante de índole
socio-recreativa debe compatibilizarse con la sensibilización y educación de
los usuarios, así como con el mantenimiento o recuperación de sus valores
naturales.
3. Estos espacios se preservaran
particularmente ante cualquier acción urbanística que pueda poner en riesgo su
existencia, la preservación de sus recursos y valores naturales o la
compatibilización de la práctica de ocio, la conservación de la naturaleza y la
educación ambiental.
UBICACION Y
DESCRIPCION
El Pantano de San Roque se encuentra
al sureste de la población, y casi colindante al casco urbano. Fue construido entre los años 1.972 y 1.973
en los llamados ejidos municipales sobre el cauce del Arroyo de Guareña para la
prevención de avenidas y torrentes de agua, dado que el cauce del arroyo
atraviesa la población. En el talud de la muralla de contención se realizó una
plantación de árboles y arbustos, y con posterioridad se plantaron eucaliptos
en el resto de terreno adyacente a modo de constituir un área de esparcimiento
y recreo. Avanzando en el tiempo en gran parte de la zona fueron sustituidos los eucaliptos por
especies arbóreas autóctonas y de sombra.
Se encuentra dentro de una zona de
agricultura de secano, con cultivos de barbecho, higueras y viñedos, siendo el
olivar tradicional el cultivo mayoritario de la zona donde se encuentra. Tiene
una superficie total de 29’7212 hectáreas repartidas entre las parcelas 1, 242
y 9006 del polígono 40, las parcelas 1 y 4 del polígono 27 y la parcela 1 del
polígono 28. En los distintos recintos de las parcelas se dan los usos de:
corrientes y superficies de agua, forestal, pasto arbustivo, improductivo y
viales. El recinto 3, de la parcela 1, del polígono 4, de 5’90 hectáreas, se
encuentra en la actualidad plantado de eucaliptos, recomendando la reconversión
a especies autóctonas y de sombra.
INFRAESTRUCTURAS,
EQUIPAMENTO, FLORA Y FAUNA
El Pantano de San Roque es comienzo y
final de varias rutas senderistas señalizadas hacia el entorno del paraje de
Vadearenales, paraje con claras connotaciones en las poesías del poeta local
Luis Chamizo. Cuenta con buenas infraestructuras propias de uso recreativo, de
ocio y esparcimiento, con accesos viarios para tránsito de vehículos, así como
una buena red caminos y viales peatonales. Dentro del entorno se encuentra la
ermita de San Isidro, quiosco-bar con mirador, fuentes de agua potable, aseos,
merenderos, barbacoas, bancos, papeleras, embarcadero, etc. También cuenta con
alumbrado público en algunas zonas del entorno, convirtiéndose en una zona de
ocio de mucha afluencia de población.
En cuanto a la flora y fauna que nos
podemos encontrar en el entorno del Pantano de San Roque y sus zonas adyacentes
se encuentra los propios del Termino Municipal de Guareña, así como las propias
del mismo:
-Mamíferos: zorros, liebres, conejos,
rata campestre, topillos, erizos, ginetas.
-Reptiles y anfibios: sapos, ranas,
salamandras, lagartos.
-Aves: palomas torcaz, tórtolas,
mochuelos, abejarucos, abubillas, cigüeñas blancas, palomas, perdices,
codornices, garzas, ocas, ánades y otras aves acuáticas.
-Arboles caducifolios: fresnos, moreras,
olmos, plataneros de sombra, dos ejemplares de higueras y uno de almendro de
forma testimoniales.
-Arboles perennifolios: eucaliptos, encinas,
alcornoques, pinos piñoneros, cipreses Arizona y cipreses común.
-Arbustivos: retamas amarillas, retamas
morunas, tamujos, tamarius gálica, ahulagas, adelfas.
El pequeño embalse se ha repoblado
recientemente con tencas, donde realizan sus actividades deportivas y
recreativas la sociedad de pescadores local, que contribuye a la difusión y
conservación del entorno.
ACUERDO
En base a lo expuesto, entendemos que
nuestro emblemático Pantano de San Roque y su entorno reúne las características
propias para su declaración como Parque Periurbano de Conservación y Ocio, por
su singularidad paisajística, su valor
ambiental y recreativo.
Por ello
solicitamos al Gobierno Autonómico, y en especial a la Consejería de Medio
Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, inicien el expediente para
la declaración de Parque Periurbano de Conservación y Ocio al Pantano de San
Roque y su entorno con arreglo a las parcelas mencionadas.
Por la
importancia que pueda suponer para Guareña solicitamos el voto favorable de
todos los corporativos.
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