Izquierda Unida es un movimiento Político Social que se conforma en una organización, política y jurídicamente soberana, cuyo objetivo es transformar gradualmente el sistema capitalista económico, social y político, en un sistema socialista democrático, fundamentado en los principios de justicia, igualdad, solidaridad y respeto por la naturaleza, organizado conforme a un Estado de Derecho, federal y republicano. (art. 1, Capítulo I, Título I, Estatutos)

sábado, 18 de febrero de 2017

Alberto Garzón afirma sobre las sentencias por corrupción en el ‘caso Nóos’ que “da la impresión de que los tribunales siguen siendo más complacientes con los poderosos"



Alberto Garzón afirma sobre las sentencias por corrupción en el ‘caso Nóos’ que “da la impresión de que los tribunales siguen siendo más complacientes con los poderosos"

El coordinador federal de IU señala que “nos llama la atención la rebaja sustancial que recoge el fallo frente a algunas de las penas solicitadas por la Fiscalía, entre ellas la de Iñaki Urdangarín y su socio Diego Torres”, y que “las esposas de estos dos cabecillas de la trama de corrupción se marchen con simples y poco cuantiosas sanciones económicas por su responsabilidad civil a título lucrativo”

El coordinador federal de Izquierda Unida, Alberto Garzón, ha hecho una primera valoración de alcance del fallo de la Audiencia Provincial de Palma sobre el ‘caso Nóos’. Para Garzón “una vez conocidas todas las penas impuestas, y a la espera de tener acceso a la sentencia íntegra para su análisis pormenorizado, lo que da la impresión es que los tribunales en nuestro país siguen siendo más complacientes con los poderosos que con la gente de la calle”.

El máximo responsable de IU destaca que “al igual que a un buen número de profesionales del Derecho con larga experiencia en casos de corrupción como éste, nos llama la atención la rebaja sustancial que recoge el fallo frente a algunas de las penas solicitadas especialmente por la Fiscalía, entre ellas la del marido de Cristina de Borbón y Grecia, Iñaki Urdangarín, que frente a los 19,5 años solicitados por el Ministerio Público pasa a tan sólo 6 años y 3 meses. De igual forma, esta sorpresa se extiende también a que las penas todos los delitos por los que es condenado el cuñado del jefe del Estado se valoran en su grado menor”.
Garzón incide, a su vez, en que “nuestra atención política sobre este caso queda también sorprendida por el hecho de que Urdangarin sea condenado finalmente a penas de cárcel inferiores que su socio, Diego Torres, -6 años y 3 meses frente a 8 años y 6 meses-, cuando la petición de la Fiscalía era inicialmente a la inversa y Urdangarin era acusado de un delito fiscal más”.

Este primer análisis del coordinador federal de Izquierda Unida incluye también fijarse en “la absolución tanto de Cristina de Borbón, como de Ana María Tejeiro, esposas de los dos cabecillas de esta trama de corrupción, cuyos nombres figuraban en lugar destacado en todas las empresas y que se marchan con simples y poco cuantiosas sanciones económicas por su responsabilidad civil a título lucrativo, más elevada la de Tejeiro que la de la hermana de Felipe de Borbón”.

“Además -añade-, también llama la atención la absolución de todos los políticos del PP de la Comunidad valenciana que colaboraron con el ahora ya condenado Urdangarin, permitiendo el saqueo de importantes cantidades de dinero público de toda la gente valenciana”. 

“Desde IU -afirma Alberto Garzón- estaremos muy atentos a las informaciones que nos lleguen sobre la petición que haga la Fiscalía y sobre la decisión que tome finalmente el tribunal para ordenar la inmediata ejecución de la condenas y sus correspondientes ingresos en prisión, o si por el contrario no se ordena esto a pesar de la gravedad de los delitos juzgados”.

miércoles, 15 de febrero de 2017

PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Jueves 16 de febrero de 2017. Desarrollo y votaciones





PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Jueves 16 de febrero de 2017. Desarrollo y votaciones.

DESARROLLO Y VOTACIONES

1.-DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO DE PLENO DE APROBACION DEL PROYECTO PARA LA SUSTITUCION DE CUBIERTA, AMPLIACION Y CONSOLIDACION DE LA ANTIGUA CAMARA AGRARIA.

Intervención de Izquierda Unida.

Buenas tardes a todos.

Izquierda Unida se va abstener, al igual que ya hicimos con antelación con arreglo al proyecto de la antigua Cámara Agraria.

-PSOE. A favor.          -PP. Abstención.          -IU. Abstención.          -PCG. Abstención.          

2.-SUSPENDER LA RESOLUCION Y NOTIFICACION DEL EXPEDIENTE DE REVISION DE OFICIO PARA LA DECLARACION DE NULIDAD DE LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO ATENCION A MAYORES DEPENDIENTES EN LA RESIDENCIA DE MAYORES DE GUAREÑA.

Izquierda Unida se abstendrá, dado la urgencia y las prisas en la convocatoria de este Pleno, no tenemos juicios suficientes por el tiempo para valorar, por eso nos abstendremos.
Como bien ha dicho Secretaria ha suscitado y hasta ahora no hemos tenido más conocimiento de lo que decía, de todas formas nos abstendremos.

-PSOE. A favor.          -PP. Abstención.          -IU. Abstención.          -PCG. Abstención.         



ENLACE- Escucha el Pleno en Radio Guareña.

martes, 14 de febrero de 2017

MOCION DE IZQUIERDA UNIDA PARA PROXIMO PLENO. SOLICITAR A LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA DIPUTACION PROVINCIAL Y A LA COMISIÓN JURÍDICA DE EXTREMADURA DICTAMEN SOBRE LA PRÓRROGA DE LA CONCESION ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO INTEGRAL DE AGUAS A LA EMPRESA AQUALIA SA.



SOLICITAR A LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA DIPUTACION PROVINCIAL Y A  LA COMISIÓN JURÍDICA DE EXTREMADURA DICTAMEN SOBRE LA PRÓRROGA DE LA CONCESION ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO INTEGRAL DE AGUAS A LA EMPRESA AQUALIA SA.

Los motivos que nos llevan a Izquierda Unida a presentar esta Moción es el que sigue a continuación:

a).-En el pliego de condiciones de la Concesión Administrativa del Servicio Integral de Agua del Excelentísimo Ayuntamiento de Guareña, suscrito con fecha “de 1 de Octubre de 2004, cuya persona fedataria fue la Secretaria Isabel García León” dice:

Articulo 3.- DURACION DEL CONTRATO
3.2-Previo acuerdo de las partes formulado con seis meses de antelación, se establece  una prórroga de cinco años de duración, previa actualización de las condiciones económicas, y en particular del canon de la concesión, en función del IPC aplicado y acumulado anualmente desde el inicio de la misma, y a cuyo término se estará a lo previsto en el artículo 157 y concordantes del TRLCAP (Texto Refundido de la Ley de Contratos de la Administración Pública).

Entiendo que lo estipulado en este artículo es una de las condiciones fundamentales del Contrato. Al efectuarse la prorroga de éste por  cinco años a la misma Empresa, AQUALIA SA, que venía prestando el servicio, contraviniendo lo especificado en él, “…………….previa actualización de las condiciones económicas, y en particular del canon de la concesión, en función del IPC aplicado y acumulado anualmente desde el inicio de la misma,……..”, vulnera, presuntamente, la prórroga del contrato.

El cambio sustancial suscrito en la prórroga del Servicio Integral de Aguas a la Empresa AQUALIA SA, eximiéndola de satisfacer el Canon al Ayuntamiento, era motivo, más que suficiente para la participación de otras empresas en la adjudicación de este Servicio o bien la remunicipalización del mismo.

Por todo lo expuesto les pido el voto favorable para la presente Moción.

-Envíese a mencionados órganos EL PLIEGO DE CONDICIONES DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO INTEGRAL DE AGUAS A LA EMPRESA AQUALIA SA, DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE 2004.

-PLIEGO DE CONDICIONES DE LA PRÓRROGA DE ESTE SERVICIO A LA MISMA EMPRESA ANTES CITADA.

miércoles, 8 de febrero de 2017

DESCONVOCADO-PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Jueves, 9 de febrero de 2017 a las 15:15 horas.





PLENO DESCONVOCADO

El Pleno Extraordinario y Urgente convocado para el día de ayer a las 15:15 horas, fue desconvocado y en su lugar se tuvo una Junta de Portavoces para explicar los motivos de la desconvocatoria.
Dentro de unos dias daremos mas informacion.
PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE. Jueves, 9 de febrero de 2017 a las 15:15 horas.
ORDEN DEL DIA:

1.- APROBACION INICIAL EXPEDIENTE DE CONTRATACION DE LA OBRA DENOMINADA SUSTITUCION DE CUBIERTA, AMPLIACION Y CONSOLIDACION ANTIGUA CAMARA AGRARIA.

2.- APROBACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICA-ADMINISTRATIVA PARTICULARES QUE RIGEN LA CONTRATACION ANTERIOR.

3.- APROBACION DEL GASTO Y DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION.