PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE.
Miercoles, 17 de Mayo de 2017 a las
20:00 horas.
1.-INICIAR EJERCICIO DE ACCIONES
EN RELACION AL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DE SECRETARIA E INTERVENCION EN LA
E.L.M DE TORREFRESNEDA.
LEIDA POR JOSEFA RUIZ CARRASCO, PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL
SOCIALISTA
JUSTIFICACION ACUERDO MUNICIPAL EJERCICIO DE ACCIONES FRENTE AL
EJERCICIO DE FUNCIONES DE SECRETARIA-INTERVENCION EN LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE
TORREFRESNEDA.
ANTECEDENTES:
PRIMERO: El Ayuntamiento de Guareña en su continua
defensa frente al perjuicio que le puede ocasionar las actuaciones administrativas y judiciales
llevadas a cabo en relación con el expediente de delimitación del área de
influencia de la Entidad Local Menor de Torrefresneda ha denunciado, de forma
reiterada, la actuación como Secretario-Interventor
de la Entidad Local Menor de Torrefresneda por persona que no puede
atribuirse tal condición, ya que su relación con la Entidad Local Menor deriva
de un supuesto contrato administrativo de servicios, con el agravante de no
pertenecer al cuerpo de funcionarios de Administración Local con Habilitación
de Carácter Nacional, pertenecer, como funcionario de carrara, a la plantilla
del Excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de la Serena (Badajoz), escala de
Administración Especial, Subescala Técnica, clase Técnico Superior, con la
categoría de Técnico de Gestión Económica ( Resolución de 26 de noviembre de
2002, Diario Oficial de Extremadura número 146 de 17 de diciembre de 2002).
Circunstancias denunciadas por el Ayuntamiento de Guareña ante:
-La Secretaria General de Política Territorial y Administración
Local de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y
Territorio de la Junta de Extremadura.
-El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de
la Provincia de Badajoz.
-El Excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
-La propia Entidad Local Menor de Torrefresneda.
SEGUNDO:
En defensa de sus intereses el Ayuntamiento de Guareña ha iniciado, en primer
lugar en vía administrativa, ante la propia
Entidad Local Menor de Torrefresneda y la Excelentísima Junta de Extremadura
los siguientes procedimientos:
-Procedimiento para la revisión de oficio para la declaración de
nulidad de pleno derecho de los actos de la Junta Vecinal de la Entidad Local
Menor de Torrefresneda que atentan gravemente contra los intereses del
Ayuntamiento de Guareña.
-Procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho del
procedimiento administrativo DT/DT 02-2012 de DELIMINTACION TERRITORIAL DE LA
ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.
Ambos procedimientos fueron llevados a cabo con la participación
activa en funciones de Secretario-Interventor de la Entidad Local Menor de
Torrefresneda, de persona que no puede atribuirse dicha condición a juicio del
Ayuntamiento de Guareña, realizando funciones reservadas tales como fe pública
y asesoramiento legal y preceptivo, emisión de dictámenes, etc., sin la
habilitación necesaria.
TERCERO:
Ante el silencio Administrativo de ambas instituciones, y ante las actuaciones
continuadas y reiteradas de funciones reservadas por persona no habilitada con
infracción de la normativa reguladora, el Ayuntamiento de Guareña ha
interpuesto, en la jurisdicción contencioso-administrativa, frente a la Entidad
Local Menor de Torrefresneda y a la Junta de Extremadura los siguientes
procedimientos:
-Demanda contra la Entidad Local Menor de Torrefresneda, de nulidad
de los acuerdos adoptados por la Junta Vecinal de Torrefresneda que atentan gravemente contra los intereses
del Ayuntamiento de Guareña, y consecuentemente de la nulidad de las
resoluciones adoptadas con causa en dichos acuerdos, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 1 de Merida.
-Demanda contra la Junta de Extremadura, que declare la nulidad
del procedimiento administrativo iniciado el 23 de abril de 2012, expediente nº
DT/DT 02-2012, de Delimitación Territorial de la Entidad Local Menor de
Torrefresneda y, consecuentemente, de las resoluciones adoptadas en dicho
procedimiento y con causa del mismo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
Caceres.
CUARTO:
El Ayuntamiento de Guareña fundamenta sus argumentos en el hecho de que EN LA
DOCUMENTACION APORTADA POR LA ENTIDAD
LOCAL MENOS EN EL PROCEDIMIENTO NO CONSTA RELACION FUNCIONARIAL, LABORAL NI
PROFESIONAL ENTRE la persona que desempeña tales funciones y LA ENTIDAD LOCAL
MENOR DE TORREFRESNEDA.
Dicha prueba documental aportada consiste en:
-Informe de vida laboral expedido por la Directora Provincial de
la Tesorería General de la Seguridad Social de Badajoz, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, donde no aparece ningún vínculo que
relacione a la persona que ejerce las funciones y firma como
Secretario-Interventor y la Entidad Local Menor de Torrefresneda.
-Certificado emitido por la propia persona que ejerce las
funciones de Secretaria-Intervención en la Entidad Local Menor de
Torrefresneda, que “se certifica a sí mismo”, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, lo siguiente:
“esta corporación ha entendido que la relación que viene
existiendo entre la persona nombrada y la Entidad Local Menor de Torrefresneda,
es una relación especial…”
Funciones como se certifica en el mismo documento por el propio
interesado, realizadas desde julio de 1995.
Esta persona, de forma pública y notoria, está asumiendo
competencias y funciones públicas, SIN
OSTENTAR LA CONDICION DE EMPLEADO PUBLICO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE
TORREFRESNEDA Y SIN ESTAR HABILITADA PARA EL DESEMPEÑO DEL CARGO DE SECRETARIO-INTERVENTOR
DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA.
El Pleno, según Acuerdo (UNANIME) ADOPTADO en Sesión Plenaria
celebrada el día 17 de mayo de 2017, considerando que las actuaciones
administrativas denunciadas pudieran ser susceptibles de incurrir en el tipo
delictivo de usurpación de funciones públicas reservadas, prevaricación y/o
nombramiento ilegal, regulado en los artículos 402,404 y siguientes del Código
Penal.
ACUERDA SOLICITAR DE LA FISCALIA-SECCION TERRITORIAL DE VILLANUEVA
DE LA SERENA:
1.-Que tenga por formulada la presente denuncia, con el fin de
promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos
de los ciudadanos y del interés publico tutelado por la ley, así como procurar
ante los Tribunales la satisfacción del interés social (artículo 124.1
Constitución Española), debiendo actuar en defensa de la seguridad jurídica de
todos los ciudadanos y vecinos de la localidad de Guareña.
2.-Que tome las medidas oportunas, para el restablecimiento
inmediato de la legalidad vigente y del ordenamiento jurídico administrativo
aplicable, jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo, RD 1732/1994,
de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios
de administración local con habilitación de carácter nacional.
3.- Que depure las responsabilidades penales que en su caso
correspondan.
-PSOE. A favor.
–PP. A favor. –IU. A
favor. –PCG. A favor.
2.- MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE
PROTECCION CIVIL. INCLUSION DENTRO DEL CUERPO DE LA FIGURA DE VOLUNTARIOS DE
BOMBEROS.
Intervención de Izquierda Unida.
Buenas tardes a todos.
Izquierda Unida se va a abstener por los siguientes motivos:
1.- El Gobierno Local del PSOE no nos ha dado ninguna información sobre
cuál es la modificación con el suficiente tiempo para estudiarla.
2.- No compartimos de que este punto sea de urgencia y no se haya
tenido una comisión informativa previa.
3.-Estamos a favor de la inclusión de bomberos voluntarios, pero
no en las formas que lo hacen en traerlo al pleno.
-PSOE. A favor. –PP.
Abstención. –IU. Abstención. –PCG. Abstención.
ENLACE-Escucha el Pleno en Rradio Guareña.
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