INDECENTE, SIMPLEMENTE.
Los extremeños que sean parados de larga duración o reciban pensiones no
contributivas están exentos de pagar el canon del agua.” Los requisitos para
poder obtener la presunta devolución son los que se detallan a continuación:
“Solicitud de devolución debidamente cumplimentada.
-Certificado expedido por el Ayuntamiento acreditando el número de
personas que viven en la vivienda o autorización para solicitar del
Ayuntamiento la información.
-Certificado de ingresos. Declaración del IRPF.
-Documento del SEXPE que acredite la condición (parado o perceptor de
PNC).
-Justificantes o recibos del pago del canon cuya devolución se solicita.
Monago, PP, aporta a las arcas de la hacienda pública de mencionado
gobierno unos 34.000 millones de Euros, según fuentes fidedignas. Es
simplemente indigno el que se cobren 2€ mensuales por usuario del servicio
de agua por los siguientes motivos:
a.- Invade competencias municipales, puesto que dicho impuesto puede
considerarse una tasa, atribuida a las Corporaciones locales para imponerlas.
b.- A todas luces es anticonstitucional si se considera un impuesto, ya que la
Constitución dice: “…….que los impuestos tienen que ser proporcionales y
progresivo”. Este impuesto lo paga igual una viuda cuya renta sea de 600€
mensuales, que una persona cuya renta sea diez o doce veces superior.
c).- Es una tomadura de pelo al exigir la documentación necesaria para
obtener la devolución, a sabiendas que la mayoría de las personas con
derecho a la devolución no van realizar todos los trámites burocráticos, y
aquellos que decidan realizarlos crearan problemas administrativos a los
Ayuntamientos.
Nicasio Sancho González.
No hay comentarios:
Publicar un comentario