El Anteproyecto de reforma de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen
Local, pretende la reducción general de las competencias municipales,
centralizar en las diputaciones provinciales o a las 7 Comunidades Autónomas
uniprovinciales las competencias de los ayuntamientos pequeños, y, en un paso
posterior, reducir el número de concejales y concejalas, porque supone:
1º- La reducción de lo público, ya vemos lo que supone el lema “mas
mercado, menos Estado”: privatizar las ganancias, socializar las pérdidas
2º- La centralización territorial, pese a que los ayuntamientos gestionan
solo el 13% del gasto público en España, muy inferior a la media europea, y a
que la Asamblea de municipios y regiones de Europa celebrada en Cádiz, en
septiembre de 2012 acordó que la Descentralización, Desarrollo y Democracia
deben ser las líneas de trabajo.
3º- La pérdida de democracia, que la Carta Europea de Autonomía Local
define como acercamiento de las decisiones a la ciudadanía y “el derecho y la
capacidad efectiva de las Entidades locales integradas por miembros elegidos
por sufragio libre, secreto, igual, directo y universal –sin perjuicio de los
cauces locales de participación directa de los ciudadanos- de ordenar y
gestionar una parte importante de los asuntos públicos, en el marco de la Ley,
bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes”.
4º- Discriminación del medio rural, ya que pierde prácticamente la
institución municipal.
Pero, además, la reforma tiene una incidencia negativa en la igualdad
entre mujeres y hombres, porque:
a) Suprime el artículo 28, que ha permitido desde
hace tres décadas a la mayoría de los ayuntamientos tener Concejalías,
actividades y planes de promoción de la igualdad, en consonancia con el mandato
del artículo 9.2 de la Constitución de promover activamente la igualdad (sobre
su aplicación a los ayuntamientos, ver las sentencias del Tribunal
Constitucional STC 216/1991 y STC 12/2008 FFJJ 5º y 2º).
b) Limita a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes
(art. Siete.2.5 del borrador de 22.12.12) la posibilidad de ejercer “por
delegación de la Comunidad Autónoma” la promoción de la igualdad de la mujer,
lo que supone una discriminación de las mujeres del medio rural, una reducción
de esfuerzos igualitarios y un alejamiento de las decisiones políticas respecto
a la ciudadanía.
c) Además de restringir la autonomía local para responder a las
demandas ciudadanas y de ignorar el mandato constitucional a todos los poderes
públicos de promover la igualdad en el ámbito de sus competencias, esta reforma
contraviene la Carta Europea para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la vida
local (Consejo de Municipios y Regiones de Europa, 2006), que promueve las
políticas municipales de igualdad, con objetivos relevantes y evaluables, y
recursos humanos y materiales propios y adecuados.
d) Dificulta el cumplimiento de la Ley integral contra la violencia
de género de 2004, cuyo artículo 19, para la asistencia social integral, exige
la concurrencia de los ayuntamientos.
e) Atenta contra la Democracia paritaria, ya que la elección de
68.462 concejalías constituye el ámbito más extenso de participación de mujeres
directamente elegidas, la inmensa mayoría no retribuidas, en la toma de
decisiones.
El 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres, es la fecha
propicia, para que desde nuestro Ayuntamiento se de verdaderamente la
voluntad de enfrentarse y poner freno a los recortes en políticas de igualdad y
mostrar así su voluntad decidida y comprometida, para que la igualdad de las
mujeres no sea la cabeza de turco de todas las políticas de “austeridad” de las
Administraciones.
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