MOCION:
Inconstitucionalidad de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local
PROPONE AL PLENO:
PRIMERO.- Iniciar la tramitación para la formalización del conflicto en defensa de la autonomía local contra los artículos primero y segundo y demás disposiciones afectadas de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312 de 30 de diciembre de 2013) de acuerdo al texto que se adjunta, según lo señalado en los arts. 75 bis y siguientes de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
SEGUNDO.- A tal efecto, solicitar Dictamen del Consejo de Estado, conforme a lo establecido en el art. 75 ter 3 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, por conducto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a petición de la entidad local de mayor población (art. 48 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local), así como otorgar a dicha entidad la delegación necesaria.
TERCERO.-
Facultar y encomendar al Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Guareña
para la realización de todos los trámites necesarios para llevar a cabo los
acuerdos primero y segundo y expresamente para el otorgamiento de escritura de
poder tan amplio y bastante como en derecho se requiera a favor de la
Procuradora Dña. Virginia Aragón Segura, col. nº 1040 del Ilustre Colegio de
Procuradores de Madrid para que, en nombre y representación del Ayuntamiento de
Guareña de forma solidaria e indistinta, interponga conflicto en defensa de la
autonomía local contra la ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013 (BOE nº 312
de 30 de diciembre de 2013), de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local siguiéndolo por todos sus trámites e instancias
hasta obtener sentencia firme y su ejecución.
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